Disposición adicional primera. Actualización.
Disposición adicional primera de la Orden SCO/3269/2006, de 13 de octubre, por la que se establecen las bases para la inscripción y el funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas. · BOE-A-2006-18558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-10-26.
Texto consolidado
1. El Ministerio de Sanidad y Consumo actualizará la relación de biocidas del anexo de esta orden, a medida en que estos tipos de productos sean incluidos en el Registro Oficial de Biocidas, según lo dispuesto en el Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre.
2. Las correspondientes actividades definidas en el artículo 4 se inscribirán de forma paulatina en los diferentes Registros Oficiales de Establecimientos y Servicios Biocidas autonómicos, a medida que se actualice el anexo.
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