Disposición adicional primera. Normas de buena práctica clínica y directrices de la Unión Europea.
Disposición adicional primera de la Orden SCO/256/2007, de 5 de febrero, por la que se establecen los principios y las directrices detalladas de buena práctica clínica y los requisitos para autorizar la fabricación o importación de medicamentos en investigación de uso humano. · BOE-A-2007-2960
Atención: Orden SCO/256/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios publicará las normas de buena práctica clínica aplicables en los ensayos clínicos realizados en España.
Tambien se tendrán en cuenta las directrices publicadas por la Comisión Europea.
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