Disposición adicional primera. Conexiones con otros sistemas.
Disposición adicional primera de la Orden PRE/2523/2008, de 4 de septiembre, por la que se crean los Centros de la Guardia Civil para la vigilancia marítima de costas y fronteras. · BOE-A-2008-14596
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-09-06.
Texto consolidado
La Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil podrá promover la adopción de los instrumentos específicos de colaboración con otras Instituciones u Organismos para establecer relaciones de cooperación, intercambio de información o inserción de cuantas redes de comunicación sean necesarias.