Disposición adicional primera. Colaboración en el ámbito del Ministerio de Defensa.
Disposición adicional primera de la Orden PCM/280/2022, de 6 de abril, por la que se regulan los procedimientos para determinar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil y para la inscripción de los niveles de esa competencia en las lenguas cooficiales. · BOE-A-2022-5688
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-09.
Texto consolidado
1. A efectos de coordinación y homogeneización de criterios, se establecerán mecanismos de coordinación entre la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, y la Dirección General de la Guardia Civil.
2. Los apoyos que la Guardia Civil precise en materia de evaluación de la competencia lingüística en los idiomas extranjeros, podrán ser directamente solicitados a la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar por parte de la persona titular de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil.
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