Disposición adicional primera. No incremento del gasto público.
Disposición adicional primera de la Orden ISM/1320/2024, de 18 de noviembre, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y se crea el Comité de Seguridad de los Sistemas de Información. · BOE-A-2024-24452
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-24.
Texto consolidado
Las medidas incluidas en esta orden no supondrán incremento del gasto, siendo atendidas con los medios personales, técnicos y presupuestarios asignados al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Más artículos de Orden ISM/1320/2024
- ← Artículo 20. Actualización y revisión periódica.
- → Disposición adicional segunda. Deber de colaboración en la implantación de la PSI.
- Ver la norma completa: Orden ISM/1320/2024, de 18 de noviembre, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y se crea el Comité de Seguridad de los Sistemas de Información.