Artículo 20. Actualización y revisión periódica.
Artículo 20 de la Orden ISM/1320/2024, de 18 de noviembre, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y se crea el Comité de Seguridad de los Sistemas de Información. · BOE-A-2024-24452
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-24.
Texto consolidado
1. La PSI deberá mantenerse actualizada para adecuarla al progreso de los servicios de la administración electrónica, a la evolución tecnológica y al desarrollo de la sociedad de la información, así como a los estándares internacionales de seguridad.
2. Las propuestas de revisión de la PSI se elaborarán por el CSSI que, con tal objetivo, revisará regularmente la oportunidad, idoneidad, completitud y precisión de lo establecido en la misma.
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