Disposición adicional primera. Aplicación informática y base de datos.
Disposición adicional primera de la Orden DEF/3217/2011, de 18 de noviembre, por la que se regula el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2011-18528
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-10.
Texto consolidado
Por la Secretaría de Estado de Defensa se tomarán las medidas necesarias para diseñar e implantar la aplicación informática y la base de datos precisa para la puesta en funcionamiento del Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas.
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