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Orden Vigente

Disposición adicional primera. Cuantía a partir de la cual los titulares de los organismos autónomos adscritos al Ministerio de Defensa requieren autorización para contratar.

Disposición adicional primera de la Orden DEF/244/2014, de 10 de febrero, por la que se delegan facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos en el ámbito del Ministerio de Defensa. · BOE-A-2014-1937

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-02-23.

Texto consolidado

De conformidad con lo previsto en el apartado 5 del artículo 317 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se fija la cuantía para la autorización en la cantidad de 2.000.000 de euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-02-23.

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