Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley Foral 9/2010, de 28 de abril, de ayuda a las víctimas del terrorismo. · BOE-A-2010-8617
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-11.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Foral de Navarra determinará en el ámbito de sus competencias la habilitación de los créditos necesarios para poder hacer frente a las ayudas establecidas en la presente Ley Foral.