Disposición adicional primera. Tasas por autorizaciones e informes.
Disposición adicional primera de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental. · BOE-A-2021-526
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-22.
Texto consolidado
Las autorizaciones que conceda el Gobierno de Navarra o las Entidades Locales, así como la emisión de informes que sean necesarios para la obtención de los permisos para la puesta en marcha y funcionamiento de actividades objeto de la presente ley foral devengarán las tasas que se establezcan en la correspondiente normativa.