Disposición adicional primera. Incompatibilidad con las subvenciones.
Disposición adicional primera de la Ley Foral 13/2017, de 16 de noviembre, de conciertos sociales en los ámbitos de salud y servicios sociales. · BOE-A-2017-15290
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-01.
Texto consolidado
El régimen de conciertos será incompatible con el de subvenciones públicas para la financiación de idénticas actividades y servicios, a excepción de los servicios en que la Administración financia de forma parcial el servicio concertado. En este último supuesto, la suma del precio abonado por la Administración en virtud del concierto y las subvenciones públicas de órgano o entidad distinta percibidas por la entidad no podrán superar el coste total del servicio.