Disposición adicional primera. Publicidad del número telefónico 112.
Disposición adicional primera de la Ley 9/2007, de 30 de julio, del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña. · BOE-A-2007-15545
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-08-23.
Texto consolidado
El número telefónico 112 es el único al que las administraciones de las instituciones propias de Cataluña pueden dar publicidad como número de teléfono de urgencias y de emergencias.