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Ley Vigente

Disposición adicional primera. Publicidad del número telefónico 112.

Disposición adicional primera de la Ley 9/2007, de 30 de julio, del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña. · BOE-A-2007-15545

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-08-23.

Texto consolidado

El número telefónico 112 es el único al que las administraciones de las instituciones propias de Cataluña pueden dar publicidad como número de teléfono de urgencias y de emergencias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-08-23.

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