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Ley Vigente

Disposición adicional primera. Normalización del uso del euskera.

Disposición adicional primera de la Ley 8/2022, de 30 de junio, sobre acceso y ejercicio de profesiones de la actividad física y del deporte en la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2022-14085

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-20.

Texto consolidado

El departamento del Gobierno Vasco competente en materia deportiva garantizará que las acciones formativas se puedan cursar en euskera y castellano, así como la normalización del uso del euskera en el ámbito de ejercicio de las profesiones de la actividad física y del deporte objeto de la presente regulación, especialmente en los ámbitos de la infancia y la juventud.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-20.

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