Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 8/1989, de 13 de julio, de creación del Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-1989-21041
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-20.
Texto consolidado
La plantilla del Cuerpo no será inferior a 130 plazas para el ejercicio de 1990.