Disposición adicional primera. Perros de asistencia.
Disposición adicional primera de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales. · BOE-A-2023-7936
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-09-29.
Texto consolidado
Los perros de asistencia se regirán por la presente ley en lo no previsto por su normativa específica.