Disposición adicional primera. Reconocimiento del derecho a la carrera horizontal del personal funcionario interino y del personal funcionario de otras Administraciones públicas con ingreso anterior a la entrada en vigor de la ley.
Disposición adicional primera de la Ley 7/2018, de 24 de julio, de medidas en materia de función pública como consecuencia de la prórroga presupuestaria. · BOE-A-2018-11930
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-28.
Texto consolidado
1. Se reconoce la categoría de entrada en el sistema de carrera horizontal a los funcionarios interinos y al personal funcionario de otras Administraciones públicas en los que concurran las siguientes circunstancias: que no estuviesen incorporados al referido sistema, que hubieran ingresado en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley y que se encuentren a esa fecha prestando servicios en aquellos.
2. El reconocimiento del derecho desplegará sus efectos en el momento de la entrada en vigor de la presente ley, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria.