El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Disposición adicional primera. Régimen de adscripción del personal.

Disposición adicional primera de la Ley 7/2007, de 17 de julio, de la Agencia Tributaria de Cataluña. · BOE-A-2007-15212

Atención: Ley 7/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A partir de la fecha de inicio de las actividades de la Agencia Tributaria de Cataluña, el personal que en el momento de la entrada en vigor de la presente ley presta servicios en los ámbitos de gestión, liquidación, inspección y recaudación de los tributos del Departamento de Economía y Finanzas queda adscrito a la Agencia en los términos que se determinen por reglamento y en la relación de los puestos de trabajo que se apruebe a tal efecto, sin perjuicio de la posterior integración, si procede, en los cuerpos de nueva creación a que se refieren las disposiciones adicionales cuarta y quinta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-07-24.

Más artículos de Ley 7/2007

En El Vínculo puedes leer Ley 7/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.