El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Disposición adicional primera. Voluntariado de protección civil.

Disposición adicional primera de la Ley 7/2001, de 12 de julio, del Voluntariado. · BOE-A-2001-15383

Atención: Ley 7/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Sin perjuicio de lo dispuesto en el título III de la presente Ley, la acción voluntaria en materia de gestión de emergencias y protección civil, a efectos de organización, funcionamiento y régimen jurídico, se regirá por su normativa específica, así como por las disposiciones de la presente Ley en lo que resulte de aplicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-25.

Más artículos de Ley 7/2001

En El Vínculo puedes leer Ley 7/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.