Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 7/1995, de 28 de marzo, de participación de los agentes sociales en las entidades públicas de la Administración de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1995-17366
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-04-10.
Texto consolidado
La presente Ley incorpora la actual participación de los agentes sociales a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley, en los Consejos de Administración de las entidades públicas de la Comunidad de Madrid, que se rige por su legislación específica.