Disposición adicional primera. Regularización del patrimonio de las cámaras.
Disposición adicional primera de la Ley 6/2021, de 5 de noviembre, de extinción de cámaras agrarias provinciales de Castilla-La Mancha y por la que se establece el régimen jurídico para realizar transmisiones de patrimonio procedentes del Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario. · BOE-A-2022-2541
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-02.
Texto consolidado
En el caso de que con posterioridad al proceso de liquidación del patrimonio de las extintas cámaras agrarias provinciales aparezcan bienes, derechos u obligaciones de los que hubieren sido titulares las corporaciones extintas, se aplicará a los mismos el procedimiento de liquidación y adscripción recogido en la presente ley.
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