Disposición adicional primera. Régimen aplicable a la Asamblea de Extremadura, órganos estatutarios y la Universidad de Extremadura.
Disposición adicional primera de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2011-6649
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-25.
Texto consolidado
Esta ley será de aplicación a la Asamblea de Extremadura, a los órganos estatutarios y a la Universidad de Extremadura, sin perjuicio de las peculiaridades derivadas de su propia organización o normas que regulen su funcionamiento.