Disposición adicional primera. Aplicación de las normas básicas de esta ley en la Comunidad Foral de Navarra.
Disposición adicional primera de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. · BOE-A-2003-23101
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-18.
Texto consolidado
Las disposiciones básicas de esta ley se aplicarán en la Comunidad Foral de Navarra en los términos establecidos en el artículo 149.1.18.a y en la disposición adicional primera de la Constitución y en la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.