Disposición adicional primera. Garantía de accesibilidad de los procedimientos.
Disposición adicional primera de la Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. · BOE-A-2007-22293
Atención: Ley 49/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los procedimientos sancionadores que se incoen con arreglo a lo establecido en esta Ley, deberán estar documentados en soportes que sean accesibles para las personas con discapacidad, siendo obligación de la autoridad administrativa facilitar a las personas con discapacidad el pleno ejercicio de los derechos previstos en dichos procedimientos.
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