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Ley Vigente

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera de la Ley 4/2021, de 7 de octubre, de metodología de distribución de recursos y de determinación de las aportaciones de las diputaciones forales a la financiación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco aplicable al periodo 2022-2026. · BOE-A-2021-18035

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

En el supuesto de que, por cambios introducidos en el Concierto Económico, en el sistema impositivo o derivados de la economía o cualquiera otra circunstancia de carácter excepcional, fuese necesario introducir alteraciones sustantivas en el modelo de distribución de recursos y de determinación de las aportaciones, el Consejo Vasco de Finanzas Públicas podrá proponer las modificaciones metodológicas y de cálculo pertinentes. El Gobierno Vasco elevará al Parlamento para su aprobación el correspondiente proyecto de ley que incorpore las modificaciones que se propongan.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

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