Disposición adicional primera. Comisión Gestora.
Disposición adicional primera de la Ley 4/2019, de 1 de abril, por la que se crea el Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de La Rioja. · BOE-A-2019-5821
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-06.
Texto consolidado
Los promotores del Colegio elegirán a los miembros de la Comisión Gestora, compuesta por cinco dietistas nutricionistas. Los promotores podrán ser miembros de la Comisión Gestora. Los miembros de dicha comisión deben aprobar en el plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de esta ley, los Estatutos provisionales del Colegio de Dietistas-Nutricionistas de La Rioja. En estos estatutos deberá regularse la Asamblea Colegial Constituyente, determinando la forma de su convocatoria y el procedimiento de su desarrollo.