Disposición adicional primera. Declaración responsable de inicio de actividad.
Disposición adicional primera de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears. · BOE-A-2010-10714
Atención: Ley 4/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Antes del 31 de diciembre de 2010, todas las consejerías tienen que elevar al Gobierno su propuesta de procedimientos de licencia o autorización en los que pueda ser aplicable la declaración responsable para el inicio de la actividad, con la especificación de aquéllos en los que deban exigirse los requisitos complementarios a que se refiere el artículo 10 de esta ley.