Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 4/2006, de 19 de mayo, de patrimonio arbóreo monumental. · BOE-A-2006-11581
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-25.
Texto consolidado
Anualmente, mediante decreto del Consell de la Generalitat, se actualizarán las cuantías de las sanciones previstas en el artículo 20 en la medida de la variación que experimente el índice de precios al consumo.