Disposición adicional primera. Consejo Asesor.
Disposición adicional primera de la Ley 4/2003, de 23 de septiembre, de creación de la Agencia Andaluza de la Energía. · BOE-A-2003-19157
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-02.
Texto consolidado
Los Estatutos establecerán un Consejo Asesor de la Agencia Andaluza de la Energía, en el que al menos estarán representadas las organizaciones más representativas en el ámbito sindical, empresarial, profesional, ecologistas, de consumidores, asociaciones de vecinos y universitaria y, que sin perjuicio de las competencias y funciones que establezcan los Estatutos, sirvan de cauce para una eficaz participación ciudadana y social, emitan información, consultas y presten asesoramiento en materia de energía. También estarán representadas la Administración General del Estado y las Administraciones Locales.