Disposición adicional primera. Contratación pública socialmente responsable.
Disposición adicional primera de la Ley 3/2023, de 29 de marzo, de Cooperación y Solidaridad Internacional de Extremadura. · BOE-A-2023-9097
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-01.
Texto consolidado
Los contratos celebrados por la Junta de Extremadura, sus organismos públicos y demás entidades dependientes o vinculadas a ella que, a efectos de contratación pública, tengan la consideración de poder adjudicador, incorporarán, conforme a la Ley de Contratación Pública Socialmente Responsable de Extremadura y siempre que las características del contrato lo permitan, condiciones especiales de ejecución relacionadas con la prestación del servicio o, en el contenido del suministro, productos de comercio justo, o cualquier otro compromiso en materia social, de igualdad entre hombres y mujeres, medioambiental y/o de compra ética en acciones de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional previstas en el Plan General de la Cooperación Extremeña.