Disposición adicional primera. Procedimientos telemáticos.
Disposición adicional primera de la Ley 3/2022, de 29 de marzo, reguladora del juego y las apuestas de La Rioja y de la prevención del juego problemático y patológico. · BOE-A-2022-6677
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-31.
Texto consolidado
La consejería competente en materia de juegos y apuestas, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, aprobará las normas necesarias para la puesta en marcha de la tramitación telemática de procedimientos en materia de juegos y apuestas.