Disposición adicional primera. Grado de aplicación.
Disposición adicional primera de la Ley 3/2008, de 17 de junio, de aprobación de las directrices esenciales de ordenación del territorio de Castilla y León. · BOE-A-2008-12849
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-06-25.
Texto consolidado
Las Directrices Esenciales son de aplicación plena, y, por tanto, son vinculantes para la Administración de la Comunidad de Castilla y León, para la Administración Local de Castilla y León y para los particulares. Una vez aprobadas las Directrices Complementarias se publicará un anexo con las determinaciones o aspectos concretos de los planes, programas o proyectos que se vean directamente afectados.