Disposición adicional primera. Formación en gestión de calidad.
Disposición adicional primera de la Ley 3/2007, de 1 de marzo, de Calidad de los Servicios Sociales. · BOE-A-2007-6610
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-09.
Texto consolidado
La Consejería competente en el ámbito de los Servicios Sociales, en coordinación con la Consejería competente en la formación de los empleados públicos estimulará la participación de los mismos en el fomento y gestión de la calidad, propiciando acciones formativas en esta materia.