Disposición adicional primera. Integración de centros.
Disposición adicional primera de la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León. · BOE-A-2003-8336
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-11.
Texto consolidado
La integración de centros docentes de enseñanza universitaria en las Universidades de Castilla y León exigirá el cumplimiento de los requisitos que, en su caso, procedan, establecidos en el título II de la presente Ley.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-17982.