Disposición adicional primera. Creación y composición de la Comisión de Transferencias.
Disposición adicional primera de la Ley 3/1997, de 1 de julio, de Creación de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. · BOE-A-1997-16991
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-04.
Texto consolidado
Se crea una Comisión de Transferencias presidida por el Director general de Universidades e Investigación y de la que formarán parte dos representantes de la Consejería de Educación y Ciencia y dos representantes de la Universidad de Sevilla con objeto de determinar la integración en la Universidad Pablo de Olavide de las funciones, servicios, bienes materiales y personal de la Universidad de Sevilla ubicados en la sede de la citada Universidad que correspondan a las titulaciones relacionadas en el artículo 3.