Disposición adicional primera. Referencias y remisiones normativas.
Disposición adicional primera de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2011-1145
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-02-21.
Texto consolidado
Las referencias en otras normas a la Sociedad de Fomento Industrial de Extremadura, S.A., y al resto de sociedades que por aplicación de esta Ley son objeto de concentración se entenderán realizadas a Extremadura Avante, S.L.U., y a su grupo de sociedades.
Extremadura Avante, S.L.U., y sus filiales unipersonales, gozarán de los privilegios que la legislación autonómica extremeña establece respecto de las sociedades que participan en el proceso de concentración empresarial.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2014-2384.