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Ley Vigente

Disposición adicional primera. Aplicación preferente de la legislación específica en materia de vivienda protegida.

Disposición adicional primera de la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón. · BOE-A-2007-3601

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.

Texto consolidado

La legislación específica en materia de vivienda protegida será de aplicación preferente sobre las disposiciones de la presente Ley respecto de las infracciones que se encuentren tipificadas en aquélla.

Se numera por el art. 35 de la Ley 14/2014, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-950

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-01-01.

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