Disposición adicional primera. Retorno a la Comunidad Autónoma de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz.
Disposición adicional primera de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía. · BOE-A-2008-2494
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-08.
Texto consolidado
La Consejería competente en materia de patrimonio histórico podrá realizar las gestiones oportunas conducentes al retorno a la Comunidad Autónoma de aquellos bienes que se consideren representativos de la cultura andaluza que se encuentren fuera del territorio de Andalucía.