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Ley Derogada

Disposición adicional primera. Reglamentos de organización y servicios.

Disposición adicional primera de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales. · BOE-A-2002-548

Atención: Ley 13/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En el plazo de los dos años siguientes desde la entrada en vigor de la presente Ley, los municipios que tengan Cuerpos de la Policía Local aprobarán o, en su caso, adaptarán sus reglamentos de organización y servicios a las previsiones de la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-04.

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