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Ley Vigente

Disposición adicional primera. Modificación de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria.

Disposición adicional primera de la Ley 11/2006, de 17 de julio, de organización y funcionamiento del Servicio Jurídico. · BOE-A-2006-15139

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-08-01.

Texto consolidado

Se modifica y se da una nueva redacción al apartado 1 del artículo 26 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública, que queda redactado como sigue:

«Artículo 26.

1. Se establecen los siguientes Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria:

a) Cuerpos de Administración General:

1.º Cuerpo Técnico Superior.

2.º Cuerpos de Gestión.

3.º Cuerpo Administrativo.

4.º Cuerpo General Auxiliar.

5.º Cuerpo General Subalterno.

b) Cuerpos de Administración Especial:

1.º Cuerpo Facultativo Superior.

2.º Cuerpo de Letrados.

3.º Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas de Cantabria.

4.º Cuerpo Técnico de Finanzas de Cantabria.

5.º Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios.

6.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares.

7.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares del Medio Natural.

8.º Cuerpo de Agentes del Medio Natural.

9.º Cuerpo de Agentes de Seguridad.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-08-01.

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