Disposición adicional primera. Consejo Gallego de Acción Voluntaria.
Disposición adicional primera de la Ley 10/2011, de 28 de noviembre, de Acción Voluntaria. · BOE-A-2012-550
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-22.
Texto consolidado
La Xunta de Galicia promoverá la constitución del Consejo de Acción Voluntaria en un plazo no superior a los nueve meses desde la entrada en vigor de la presente ley.