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Ley Vigente

Disposición adicional primera. Personas adiestradoras.

Disposición adicional primera de la Ley 10/2007, de 29 de junio, sobre Perros de Asistencia para la Atención a Personas con Discapacidad. · BOE-A-2011-16753

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-21.

Texto consolidado

Las personas adiestradoras de las entidades especializadas de reconocida solvencia tendrán los mismos derechos que la presente ley reconoce a las personas usuarias de perros de asistencia durante las fases de instrucción y seguimiento del perro de asistencia, así como durante el traslado del perro para la realización de su cometido.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-07-21.

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