Disposición adicional primera. Créditos destinados a cooperación para el desarrollo en el ejercicio 2003.
Disposición adicional primera de la Ley 10/2000, de 27 de diciembre, relativa a la Cooperación para el Desarrollo. · BOE-A-2001-2590
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-31.
Texto consolidado
La cuantía de los créditos que el Gobierno de Aragón destina a cooperación para el desarrollo supondrá, en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2003, como mínimo, el 0,7 por 100 de los gastos de inversión y transferencias de capital.