Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 10/1998, de 8 de abril, de Desarrollo Rural. · BOE-A-2011-20043
Atención: Ley 10/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Por el Gobierno se establecerá la adaptación a la presente ley de lo establecido en el Decreto 210/1990, de 30 de julio, sobre Ayudas a las Explotaciones Agrarias del País Vasco, oídas las Diputaciones Forales.