Disposición adicional primera. Campañas informativas.
Disposición adicional primera de la Ley 1/2014, de 21 de febrero, de perros de asistencia. · BOE-A-2014-3754
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-02.
Texto consolidado
Con el fin de conseguir que la integración social de las personas con deficiencias visuales o con discapacidad acompañadas de perro de asistencia sea total y efectiva, las administraciones públicas competentes de las Illes Balears promoverán y realizarán campañas informativas orientadas de forma especial a sectores tales como hostelería, comercio, transporte y servicios públicos, y otras educativas dirigidas a la población en general.