Disposición adicional primera. Marcas, nombres y logotipos.
Disposición adicional primera de la Ley 1/2013, de 24 de mayo, de medidas de reestructuración del sector público autonómico. · BOE-A-2013-8930
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-06-01.
Texto consolidado
El organismo autónomo SEPA seguirá empleando la marca y nombre «112 Asturias», «112 Asturies», «Bomberos de Asturias», «Bomberos d´Asturies», «Bomberos del Principado de Asturias», «Bomberos del Principau d´Asturies», y sus logotipos, en los términos que venían siendo utilizados por las entidades públicas a las que sucede.