Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Tarifas Portuarias. · BOE-A-1999-10811
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-08.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes a actualizar el repertorio de mercancías establecido en el anexo II de la presente Ley.