Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 1/1993, de 19 de febrero, de la Escuela Pública Vasca. · BOE-A-2012-2008
Atención: Ley 1/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Siempre que no se indique un órgano administrativo concreto, las referencias de esta ley a la Administración, a la Administración educativa o a la Administración autonómica se entenderán dirigidas a los órganos competentes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, según la división de funciones establecida en sus correspondientes normas orgánicas.