Disposición adicional primera. Administración electrónica.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-16.
Texto consolidado
La tramitación del procedimiento que se contempla en el Capítulo I de esta norma queda exceptuada de las previsiones del Decreto 225/2014, de 14 de septiembre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, respecto al uso de la sede electrónica corporativa como punto de acceso a los servicios y trámites, registro, identificación, representación, firma y notificaciones, que se realizarán en la forma que se ha descrito en dicho capítulo.
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