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Decreto-ley Vigente

Disposición adicional primera. Relación de actuaciones proyectadas y suelo disponible.

Disposición adicional primera del Decreto-ley 3/2020, de 28 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda. · BOE-A-2020-5020

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-06.

Texto consolidado

1. En el plazo de seis meses a contar desde la publicación de este Decreto-ley, los consejos insulares y los ayuntamientos enviarán a la consejería competente en materia de vivienda una relación de las actuaciones que se propongan promover o desarrollar con arreglo a lo establecido en él.

2. En el plazo de seis meses los ayuntamientos enviarán a la consejería competente en materia de vivienda una relación de los suelos de titularidad pública clasificados como urbanos o urbanizables, con indicación expresa de aquellos que el planeamiento vigente destina a vivienda protegida, y una relación de los solares reservados para equipamientos públicos susceptibles de ser destinados a alojamiento dotacional, con expresa indicación de los que no hayan sido objeto de desarrollo.

3. La información sobre las actuaciones que se proponga promover o desarrollar con arreglo a este Decreto-ley se actualizará con periodicidad anual.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-03-06.

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