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Decreto-ley Vigente

Disposición adicional primera. Tramitación y disponibilidades presupuestarias.

Disposición adicional primera del Decreto-ley 3/2020, de 10 de abril, de adopción de medidas urgentes para establecer ayudas económicas a los trabajadores y las trabajadoras afectados por un ERTE, y a los que han reducido la jornada laboral por conciliación familiar con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria provocada por la Covid-19. · DOGV-r-2020-90102

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-22.

Texto consolidado

Las ayudas previstas en este decreto ley se tramitarán de conformidad con lo previsto en el artículo 168.1.C de la Ley 1/2015 y serán atendidas con cargo a las disponibilidades presupuestarias existentes, incluyendo al efecto las de los proyectos relativos a aportaciones de capital a entidades del sector público instrumental. Para ello, la conselleria competente en materia de hacienda impulsará las modificaciones presupuestarias correspondientes.

Se renumera por la disposición final 2 del Decreto-ley 4/2020, de 17 de abril. Ref. DOGV-r-2020-90115#df-2

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-04-22.

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